09.01.2009

¿Grave o muy grave?

Por Antonio Vargas Ferrés

Una niña, en la inocencia y la ternura de su edad, es torturada y asesinada por un depravado pederasta, porque la Justicia española no funciona como es debido (no lo digo sólo yo). La negligencia de un juez permite que eso ocurra porque, aunque  el autor del delito debería haberse hallado  privado de libertad cuando éste ocurrió, porque era reo de otros delitos anteriores, el retraso de las actuaciones del citado juez hizo que su autor se encontrara entonces en libertad. El Consejo General del Poder Judicial juzga el caso del juez en cuestión, y lo declara “falta grave”, en lugar de “muy grave”, lo que comporta, al parecer, una ridícula multa de 1500 euros. ¿Le parece al lector objetivamente correcto el veredicto del C.G.P.J.? ¿Es la actuación del mencionado juez, a juicio del lector, una “falta grave” o bien “muy grave"?

Siempre he abominado de que se cite en los medios de comunicación, como dato a tener en cuenta, la etnia de las personas involucradas en las actuaciones judiciales (lo que me consta que se ha hecho y se está haciendo muchas veces, especialmente cuando el presunto autor del delito no pertenece a la etnia dominante), porque me parece absolutamente injusto, ya que la condición cultural, racial o étnica de una persona no debe influir en los veredictos: lo dice la Declaración de Derechos Humanos, así como nuestra Constitución. Por una vez voy a hacer una excepción: perdónenme ustedes.

Sabemos que la niña a que hace referencia el primer párrafo pertenecía a la etnia gitana, y los miembros del C.G.P.J. lo saben. Me pregunto si el veredicto sobre la actuación del juez hubiera sido distinto de no pertenecer la niña a dicha etnia. ¿”Falta grave” o bien “muy grave”?

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