04.02.2014 - BARCELONA

Una sentencia de la Audiencia de Barcelona hace justicia con una mujer rumana de etnia gitana falsamente acusada por dos Mossos de agredir a su bebé

La Fundación Secretariado Gitano ha llevado la acusación popular del caso, en coordinación con el Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía de Barcelona. La sentencia da la razón a la mujer, (que responde a las siglas L. L. S.) y condena a los Mossos a dos años de prisión y una indemnización de 12.000 euros.

 

- La sentencia condena a dos Mossos d’Esquadra por falsedad documental y por un delito de denuncia y acusación falsa

 

- La mujer, proveniente de Rumania y de etnia gitana, fue falsamente acusada de patear a su bebé de dos meses a la puerta de un supermercado de Barcelona

 

- “Que sea pobre, mujer, inmigrante y gitana no es sinónimo de delincuencia”, dice la abogada Sara Giménez. “Es lamentable que los agentes que intervinieron faltaran a la verdad, y acusaran a esta mujer de un delito muy grave  que la ha tenido separada de su bebé durante más de ocho meses. Los daños son irreparables”.

 

La Audiencia Provincial de Barcelona condena a dos Mossos d’Esquadra a dos años de prisión y el pago de una indemnización de 12.000 euros por acusar falsamente a una mujer rumana de etnia gitana, de maltratar a su bebé de dos meses a la puerta de un supermercado en Barcelona. La Fundación Secretariado Gitano (FSG), que ha llevado la acusación popular en el litigio, considera que “la sentencia, que condena a los agentes por falsedad documental y por un delito de denuncia y acusación falsa, hace justicia aunque los daños de separar durante ocho meses a esta mujer y su esposo de su bebé, son irreparables”, en palabras de la abogada que ha llevado el caso, Sara Giménez, responsable de Igualdad de la FSG.

Los hechos a los que hace referencia la sentencia, que acaba de hacerse pública, tuvieron lugar en Barcelona el 19 de abril de 2010 cuando M. T. L y J. C. G, ambos agentes del Cuerpo de Mossos d’Esquadra, recibieron el aviso de que una mujer rumana, con una niña pequeña, estaba pidiendo a la puerta de un supermercado en Barcelona. Según la sentencia, al llegar, los agentes pudieron comprobar tanto la identidad de la mujer como la de su bebé gracias al libro de familia que tenía con ella. “Acto seguido, puestos de común acuerdo y actuando conjuntamente con manifiesto desprecio a la verdad, le atribuyeron, sin corresponderse a la realidad de los hechos, la comisión de un delito de malos tratos en el ámbito familiar” para lo cual “no dudaron en reflejar en la minuta” que la mujer “propinó una patada al carro donde estaba el bebé”, que éste volcó y el bebé cayó al suelo, “momento que ella aprovechó para propinarle varias patadas sin ningún tipo de miramiento”.

Como consecuencia del manifiesto de estos hechos, L. L. S fue detenida –y puesta en libertad provisional al día siguiente- y se acordó, como medida cautelar, la prohibición de acercamiento a su hija, que fue puesta a disposición de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Generalitat de Catalunya. El 26 de abril la niña ingresó en el centro de acogida de protección de menores CAUI, Josep Pallach en el que ha permanecido hasta el 22 de diciembre de 2010.

“Como reconoce la sentencia, tras la instrucción del caso quedó sobradamente demostrado que la acusación hecha por los dos agentes era totalmente falsa”, asegura Sara Giménez. “Gracias a los informes médicos del Hospital la Vall d´Hebrón y del médico forense -que dejaban claro que la menor no presentaba signo alguno de haber sufrido una agresión- y a las declaraciones de varios testigos, pudimos demostrar que nuestra defendida no había maltratado en ningún momento a su hija de dos meses”.

“Que sea pobre, mujer, inmigrante y gitana no es sinónimo de delincuencia”, dice la abogada Sara Giménez. “Es lamentable que los agentes que intervinieron faltaran a la verdad, llegando a acusar falsamente a esta señora de un delito muy grave, que nunca había cometido, y que la ha tenido separada de su hija durante más de ocho meses. Los daños, pese a la sentencia, son irreparables”, dice Giménez.
“Los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado deben velar por la seguridad ciudadana y el cumplimiento de los derechos de toda la ciudadanía, sin excepción de ningún tipo. Por eso, tras conocer y estudiar el caso, en la Fundación Secretariado Gitano no dudamos en personarnos como acusación popular. Conocíamos bien a la mujer, con la que teníamos contacto desde que llegó de Rumania junto a su esposo en 2008, sabíamos que sus hijos estaban bien cuidados, y vimos claro que se trataba de un hecho totalmente injusto basado en acusaciones falsas”, dice Giménez.

Gracias al trabajo de la Fundación Secretariado Gitano, del Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía de Barcelona y del letrado representante de los dos acusados se ha conseguido hacer justicia con una sentencia de conformidad en la que los dos Mossos reconocen haber actuado de manera incorrecta, faltando a la verdad.

“Esta sentencia es un paso más en la defensa de los derechos de la comunidad gitana, uno de los pilares de nuestro trabajo en la Fundación Secretariado Gitano, y supone un impulso a que se haga justicia en los tribunales”, dice Giménez.

 

(Fundación Secretariado Gitano)

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