Agustín Sánchez quería celebrar con unos amigos que había aprobado la selectividad. Así lo refiere: “Llamé por teléfono al restaurante de un centro comercial y dije que seríamos 14. Me dijeron que por las restricciones del covid-19 tenían que colocarnos en dos mesas distintas. Cuando llegamos y vieron que somos gitanos nos dijeron que teníamos que pagar por adelantado porque ya habían tenido problemas con ‘gente como nosotros’”, lamenta Agustín Sánchez, un joven estudiante de periodismo del barrio de la Mina.
Ante semejante discriminación Sánchez pidió la hoja de reclamaciones. No se la dieron. Llamó a los Mossos y una patrulla se acercó al lugar. “Tampoco nos solucionaron nada. Llegaron a excusar al restaurante diciendo que no podíamos rellenar una hoja de reclamaciones porque todavía no habíamos consumido. Fue horrible, me sentí abochornado, humillado, con clientes mirándonos mientras los del restaurante decían que esas eran sus normas”.
No son “las normas”. Las normas, por su carácter de reglas jurídicas, están supeditada a la Constitución cuando se establecen con el propósito de regular comportamientos para mantener un orden determinado, o son articuladas para establecer las bases de un comportamiento aceptado dentro de una sociedad u organización. Las normas no se inventan, ni siquiera para mantener una pretendida seguridad, ―en este caso pagar antes de que te sirvan la comida, porque si no pagas antes, no comes― cuando se violan otras normas, estas sí, que son las que dimanan del ordenamiento jurídico legalmente establecido.
Nadie puede establecer “sus normas” cuando estas son desproporcionadas, antijurídicas, discriminatorias o están destinadas a proteger un determinado status de alguien en contra de un grupo de personas en concreto. El establecimiento que negó la comida al grupo que encabezaba Agustí, y no al resto de comensales que estaban en el local, será objeto del reproche penal que le corresponda.