El Código Penal no excluye el amparo y la protección a los menores gitanos, de lo contrario se estaría defendiendo que abusar, agredir o violar a las niñas gitanas tiene pocas consecuencias legales. Es una barbaridad. Y mucho más aludir a una supuesta “costumbre” inexistente para atenuar la pena.
Como recoge nuestro Código Penal, la edad para tener relaciones consentidas para un menor está en 16 años. Antes es imposible que una niña pueda dar un consentimiento voluntario, consciente y maduro. La ley no puede hacer excepciones con las niñas gitanas y amparara en ese consentimiento infantil para reducir de esa manera la pena a un violador. Tras la reforma de 2015, nuestro Código Penal establece una presunción iuris tantum de falta de capacidad de los menores de dieciséis años para consentir relaciones sexuales. En este disparate se le añade otra barbaridad más; la visión antigitana al declarar que violar a una niña con 11 años tras dejarla tres veces embarazada “es algo normal” entre gitanos.
Beatriz Carrillo de los Reyes