Discriminación racial

1928
antirracismo

En el ámbito de la vivienda y los asentamientos informales

La discriminación racial que sufren las personas de determinados grupos étnicos y poblacionales en los diferentes ámbitos de la vida cotidiana se hace también patente en el de la vivienda. El derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado que le asegure la vivienda constituye un derecho reconocido por la Declaración Universal de Derechos Humanos, por la legislación antidiscriminación europea y nacional y por los Pactos y Acuerdos internacionales ratificados por España, entre los que se incluye el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales. La Constitución Española en su artículo 47, contempla el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a una vivienda digna y adecuada, estableciendo que los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.