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«El acceso a la formación académica es la base para garantizar la defensa ante ataques racistas»

Andrés Núñez es chiclanero, tiene 37 años, abogado de profesión, candidato a la alcaldía de Chiclana y, desde hace 2 semanas, el tercer diputado nacional gitano de la historia de la democracia.

Núñez ha pasado por los micrófonos de Hoy por Hoy Cádiz para hablar sobre su llegada a la cámara, en la que desarrolla su labor como diputado del PP de Cádiz desde el 22 de enero, cuando sustituyó Alfonso Candón. También ha hecho referencia al hecho de ser el tercer gitano que se convierte en diputado, tras Juan de Dios Ramírez Heredia y Silvia Heredia, y ha recordado las principales demandas del pueblo gitano, que pasan por que la educación sea la clave para lograr la libertad y la defensa ante los ataques racistas que sufra el colectivo.

A lo largo de la entrevista, el candidato a la alcaldía de Chiclana también ha dado su visión sobre el Partido Popular en la provincia de Cádiz, al hilo del nombramiento de Antonio Sanz, presidente de la formación, como viceconsejero de la presidencia en la nueva Junta de Andalucía; Núñez ha hecho un llamamiento a la unidad del partido a la vez que ha manifestado que no tiene constancia de que vaya a haber ningún cambio en la formación.

La comunidad gitana, entre las más afectadas por el ciberacoso según Unicef

Entre los estudiantes españoles de 12 a 16 años, el 6,9 % considera haber sufrido ciberacoso en los dos últimos meses y el 3,3% reconoce haber participado como ciber agresor. Además, al menos 1 de cada 5 niños y 1 de cada 7 niñas está implicado en episodios de ciberbullying. Traduciendo estos datos a una clase cualquiera, es posible decir que al menos 2 personas en cada clase se han visto envueltas en situaciones deciberbullying, algo que destroza la vida de muchos niños y adolescentes.

En el Día Internacional de la Internet Segura, en UNICEF Comité Español lanzamos la campaña #2entuclase. Con esta campaña, queremos promover entre los jóvenes un cambio de actitud y frenar el acoso y la violencia en las escuelas, particularmente hacia los niños de los colectivos más vulnerables. 

“El ciberbullying y el acoso son uno de los riesgos que más preocupan a padreseducadores y a los propios niños. Con esta campaña queremos impulsar a los jóvenes a que no tengan miedo de ser ellos mismos, y a detectar y rechazar el acoso”, señala Maite Pacheco, directora de Sensibilización y Políticas de Infancia de UNICEF Comité Español.

Miguel Bernardeau protagoniza #2ensuclase

Para que niños y adolescentes conozcan el riesgo y rechacen la violencia en las aulas, en UNICEF Comité Español creamos entornos educativos de calidad a través de diversas iniciativas. Así, mediante Ciudades Amigas de la Infancia o el programa de Educación en Derechos de Infancia, contribuimos a que los derechos de los niños sean una realidad. En ese marco se desarrollan acciones concretas para prevenir la violencia en las aulas, el bullying y el ciberbullying. En la actualidad ya forman parte de estos programas 71 centros educativos referentes y 274 Ciudades Amigas de la Infancia.

La campaña está protagonizada por el actor Miguel Bernardeau, referente entre los jóvenes, que lanza un mensaje poderoso a través del vídeo de la campaña #2entuclase: “Podemos acabar con el acoso en las redes. Podemos frenar los insultos. Podemos respetar. No calles, no seas cómplice. Tú puedes pararlo”.

Según los datos de la UNESCO sobre la prevalencia del ciberacoso en los países de altos ingresos, la proporción de niños y adolescentes afectados oscila entre el 5% y el 21%, y las niñas parecen tener más probabilidades de sufrir este fenómeno que los niños.

En España el patrón se repite: el acoso sexual en internet afecta en una proporción mayor a las niñas. Según nuestro informe Los niños y las niñas de la brecha digital en España el 42,6% de las chicas afirmaba haber sido víctima de algún tipo de violencia o acoso sexual online, frente a un 35,9% de los chicos. Los más vulnerables y atacados son los que pertenecen a colectivos tradicionalmente victimizados como los de lacomunidad gitana, la infancia migrante, los niños con discapacidad, o el alumnado LGTBI. Según el Informe sobre Delitos de Odio en España 2016, 262 casos registrados fueron por motivo de discapacidad. El 15% del alumnado LGTBI padece ciberacoso por su orientación sexual, según el estudio CiberbullyingLGTB_fóbico.

El ciberacoso puede causar un daño profundo

“Es clave que pongamos énfasis en la gestión de la convivencia en el entorno escolar. Que eduquemos a los niños y adolescentes en la diversidad, la privacidad, la seguridad y los valores cívicos”, señala Pacheco. “Es importante que los jóvenes se sientan respaldados, seguros y capaces de identificar y rechazar el acoso, apoyar a sus compañeros, o de pedir ayuda adecuada, si la necesitan”. 

El ciberacoso puede causar un daño profundo. Un insulto o vejación puede llegar a muchas personas en muy poco tiempo. Igualmente, es muy complejo borrar la huella que deja tanto en el entorno digital como en la vida de quien lo recibe. La intimidación y el ciberbullying se alimentan mutuamente y forman una escala continua de comportamiento dañino. Las víctimas del ciberacoso tienen más posibilidades de consumir alcohol y drogas y de faltar a la escuela que otros estudiantes. También presentan una mayor propensión a sacar malas notas y sufrir de baja autoestima y problemas de salud. En situaciones extremas, el ciberbullyingha llevado al suicidio.

La campaña #2entuclase, en colaboración con Playground, es la continuación de #NoSeasEstrella, lanzada en 2017 con la publicación del informe Los niños y las niñas de la brecha digital en España, un estudio que analiza las oportunidades y riesgos de Internet y profundiza en los colectivos más vulnerables en nuestro país, los niños y adolescentes de la brecha digital.

Talleres para combatir prejuicios contra el pueblo gitano

Dentro del proyecto “Sensibilización y erradicación de las conductas antigitanas”, financiado por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, la delegación regional de Unión Romaní ha llevado a cabo varias acciones de difusión y concienciación desde octubre de 2018 para promover actitudes favorables y empáticas en la sociedad que fomenten la interculturalidad, la tolerancia y la aceptación de la diferencia.

En concreto, se han realizado once talleres y charlas de concienciación sobre delitos de odio y la situación de la población gitana en España y Europa, su cultura y su historia, con el objetivo de erradicar estereotipos e ideas preconcebidas sobre esta comunidad.

Tales iniciativas se han desarrollado en institutos, centros de adultos, cívicos y prisiones en tres provincias andaluzas (Sevilla, Huelva y Jaén).

Taller en el I.E.S Santa Engracia de Linares (Jaén).

A los talleres han asistido un total de 377 personas de todas las edades en los IES La Orden y La Marisma de Huelva; Santa Engracia, de Linares; Ríos de los Granados, de Guarromán; y Federico Mayor Zaragoza, de Sevilla. También los centros cívicos Su Eminencia y Hogar San Fernando (Sevilla), la biblioteca de Montequinto (Dos Hermanas), el CEPER El Palmarillo (Dos Hermanas), y el del centro penitenciario Sevilla I (Alfonso Muriel) acogieron estos talleres. El 61,8 por ciento de los asistentes (233) fueron hombres, y el 38,2 por ciento (144) mujeres. En cuanto a su nivel académico, el 73,21 por ciento eran estudiantes de Secundaria, el 22,02 por ciento tenían como máximo estudios de Primaria, el 2,92 por ciento carecían de estudios y el 1,85 por ciento tenían un título universitario.

Decreto de creación del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano

01/02/2019 Compartir:

Decreto 5/2019, de 25 de enero, del Consell, por el que se crea el Consejo Valenciano del Pueblo Gitano (DOCV de 31 de enero de 2019). Texto completo.

DECRETO 5/2019, DE 25 DE ENERO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO VALENCIANO DEL PUEBLO GITANO.

PREÁMBULO

Este decreto prevé la constitución del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano, así como la definición de sus funciones, composición y régimen de funcionamiento. El Consell ha considerado oportuna y necesaria la creación de este consejo, como un órgano colegiado y consultivo, para formalizar la participación y colaboración de las organizaciones relacionadas con la población gitana en la Comunitat Valenciana.

El decreto es fruto del mandato de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano 2018-2023 (en adelante, la Estrategia), aprobada por la Comisión Mixta para el Desarrollo de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano el 3 de abril de 2018 y por la Comisión Delegada del Consell de Inclusión y Derechos Sociales el 4 de abril de 2018. Esta tiene como objetivo guiar la actuación de la Generalitat en materia de políticas públicas dirigidas a hacer frente, en el marco de sus competencias, a la situación de desigualdad y discriminación que todavía en la actualidad sufre el Pueblo Gitano de la Comunitat Valenciana. Como indica la propia introducción de la Estrategia, esta fue elaborada con la intención de que constituyera “un documento abierto y vivo” durante todo su periodo de vigencia. Para ello, resulta fundamental la creación de un órgano consultivo que pueda dar continuidad a la participación de las entidades en las políticas públicas de la Generalitat articulada ya en el propio proceso de elaboración de la Estrategia. Además, este nuevo órgano consultivo pretende ser un espacio de reflexión y coordinación entre la población gitana, las diferentes administraciones de la Comunitat Valenciana y distintos actores sociales.

La principal finalidad del decreto es recoger las aspiraciones y demandas legítimas de la comunidad gitana, así como las propuestas dirigidas a su promoción integral, asesorando en la planificación de las distintas actuaciones propuestas por la Generalitat, para lograr avances significativos en áreas muy diversas, donde todavía la exclusión continúa siendo claramente manifiesta. El objetivo es contribuir de esta manera a una convivencia armónica entre los distintos grupos y culturas que conforman nuestra sociedad, proponiendo medidas de actuación que permitan desarrollar actitudes que la enriquezcan en su diversidad, la igualdad de oportunidades, la igualdad de trato, la igualdad de género y la no discriminación de la población gitana.

La Estrategia se estructura, de conformidad con la estructura establecida en la Comisión Mixta para el Desarrollo de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano, en dos ejes principales de actuación: por un lado, un eje relativo a la inclusión social y al acceso universal a los servicios públicos; por el otro, un eje centrado en la igualdad de trato y la no discriminación, que abarca la lucha contra el antigitanismo y el fomento del reconocimiento y la visibilización del Pueblo Gitano, así como la promoción de su participación, tanto a través de sus entidades representativas en el tercer sector, como de las instituciones públicas de la Comunitat Valenciana.

Este último eje y, en particular, en cuanto afecta a la participación del Pueblo Gitano, es el que motiva de forma más directa la creación del órgano consultivo que lleva a cabo este decreto. El objetivo 6.1 de la Estrategia señala la necesidad de fomentar la participación del Pueblo Gitano a través de las asociaciones. Una de las acciones previstas para garantizar el cumplimiento de ese objetivo es la 6.1.2, que prevé la “creación del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano (CVPG) como órgano de coproducción y codecisión de las políticas públicas relativas a la población gitana”. Dicho consejo parte además, tal y como dispone la actuación 6.1.2.1 de la Estrategia, de un modelo elaborado “en colaboración con las entidades y personas expertas” que, además, ha de ser “intergeneracional y paritario”. Con la finalidad de materializar dicho modelo en el plano jurídico, la actuación 6.1.2.2 de la Estrategia establece el mandato de “tramitar el decreto de creación y de elección” de las personas que formarán parte del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano. Este decreto dota, por tanto, de contenido a dicho mandato.

Este decreto para la creación del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano pretende, además, concretar una serie de derechos previstos en la Constitución Española y Vínculo a legislación en el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, de forma que su contenido pueda hacerse efectivo también para el Pueblo Gitano.

En primer lugar, el artículo 14 Vínculo a legislación de la Constitución Española establece que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Este precepto está directamente relacionado con la plena adquisición de ciudadanía por parte de las personas pertenecientes al Pueblo Gitano, a la que hace referencia la Estrategia en su introducción. Sin embargo, como señala ese mismo documento, el reconocimiento constitucional de la plena igualdad del Pueblo Gitano no ha impedido que, hasta el día de hoy, dichas personas sigan sufriendo una situación de desventaja que se manifiesta en diversos ámbitos de la sociedad. Esto hace necesarias políticas activas por parte de las instituciones públicas dirigidas a eliminar, en la medida de lo posible, todos aquellos obstáculos que sostienen dicha situación de desventaja, también en cuanto afecta a la participación del Pueblo Gitano en las políticas públicas de la Generalitat.

En segundo lugar, y en relación con la mencionada situación de desventaja, el artículo 9.2 Vínculo a legislación de la Constitución consagra el deber de los poderes públicos de “promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”. El presente decreto es, en ese sentido, una herramienta más a disposición de los poderes públicos para remover aquellos obstáculos que todavía hoy dificultan la plena participación de la población gitana en la sociedad en las mismas condiciones que el resto de la ciudadanía y, en particular, en cuanto afecta a la incorporación de su voz y su perspectiva a la elaboración de políticas públicas.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana prevé, en su artículo 8.2, Vínculo a legislación la vinculación de los poderes públicos al conjunto de derechos y deberes establecidos en la Constitución, así como en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea y en los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, individuales y colectivos. Asimismo, el artículo 10.1 del Estatuto establece el deber de la Generalitat de defender y promover “los derechos sociales de los valencianos”. En la medida en la que son las políticas públicas de la Generalitat las que definen el contenido efectivo de tales derechos, es necesario asegurar que, cuando estas afecten de forma particular a la población gitana, esta pueda ser partícipe de su elaboración y seguimiento.

El presente decreto es también fruto del desarrollo de las atribuciones competenciales previstas para la Generalitat Valenciana en el Estatuto de Autonomía. Entre ellas, cabe destacar la establecida en su artículo 49.1.1.ª, relativa a la organización de las instituciones de autogobierno de la Comunitat Valenciana, en el marco del propio Estatuto. Asimismo, en su artículo 29.1 el Estatuto atribuye al Consell la potestad ejecutiva y reglamentaria, en ejercicio de la cual se aprueba el texto de este decreto.

El articulado del decreto se estructura en tres capítulos. El capítulo I abarca la creación del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano y define su naturaleza y fines principales. Además, en él se establece la adscripción de dicho órgano a la conselleria con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano y se detallan sus principales funciones. El capítulo II, por su parte, estructura la composición del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano, así como el procedimiento y los criterios para la elección de cada uno de los cargos que lo integran y las facultades de las personas que ocupen dichos cargos. Por último, el capítulo III determina el régimen de funcionamiento del citado consejo, que prevé la posible creación de comisiones temporales de trabajo y la estructura y organización de la Comisión Mixta de Seguimiento de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano. Finalmente, en dicho capítulo se establece también el régimen jurídico del órgano.

El presente decreto se adecua a los principios dispuestos en el artículo 129 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En primer lugar, los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad y seguridad jurídica están justificados en el inicio de este preámbulo. En segundo lugar, el proceso de elaboración de este decreto se ha llevado a cabo en conformidad con el principio de transparencia, mediante el pleno cumplimiento de los trámites de audiencia e información pública previstos en el artículo 133 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Además, el decreto incorpora buena parte de las aportaciones formuladas en cuanto a su contenido desde la ciudadanía y las entidades representativas del Pueblo Gitano, la participación activa de las cuales ha resultado fundamental. En tercer lugar, este decreto pretende hacer efectivo el principio de eficiencia en el desarrollo material de las medidas previstas en él, para lo cual se ha contado con la participación en su elaboración de los diferentes departamentos de la Generalitat responsables del pleno desarrollo de su contenido material. Finalmente, los gastos que tengan que realizarse como consecuencia del presente decreto se realizarán en conformidad con los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Esta disposición está incluida en el Plan normativo de la Administración de la Generalitat para 2019.

En consecuencia, a propuesta de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, de conformidad con el artículo 28.c Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, y previa deliberación del Consell, en la reunión de 25 de enero de 2019,

DECRETO

CAPÍTULO I

Objeto, naturaleza y funciones

Artículo 1. Creación

Se crea el Consejo Valenciano del Pueblo Gitano, en adelante el Consejo, como órgano colegiado de participación y asesoramiento en las políticas públicas, generales y específicas, para la igualdad e inclusión de la población gitana en la Comunitat Valenciana, y en el que participan las personas representantes de la comunidad gitana, de manera directa o a través de las asociaciones y fundaciones, y las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2. Naturaleza, fines y adscripción

1. El Consejo tiene como finalidad primordial promover la participación y colaboración del movimiento asociativo gitano en el desarrollo de las políticas generales y en el impulso de la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato dirigidos a la población gitana.

2. El Consejo queda adscrito a la conselleria con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano, que le da apoyo técnico y le presta los medios personales y materiales necesarios para la ejecución de sus funciones.

Artículo 3. Funciones

1. Corresponden a este Consejo las siguientes funciones:

a) Informar la propuesta de Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano y sus posibles modificaciones o actualizaciones.

b) Solicitar, proponer y elaborar estudios o informes sobre temas de interés para el Pueblo Gitano.

c) Asesorar a las diferentes consellerias de la Generalitat cuando así lo soliciten.

d) Formular recomendaciones a la Administración sobre materias relativas a la situación del Pueblo Gitano.

e) Promover estudios, iniciativas y actos para la igualdad y la inclusión del Pueblo Gitano, la defensa de la Cultura Gitana y la lucha contra el antigitanismo y la discriminación.

f) Estudiar y emitir propuestas para fortalecer la convivencia de las diferentes culturas que conviven en la Comunitat Valenciana.

g) Mantener contactos con otros órganos análogos de ámbito local, autonómico, estatal, europeo e internacional.

h) Realizar un informe de análisis de la memoria sobre las actuaciones de la Generalitat relacionadas con el Pueblo Gitano y sobre el desarrollo de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano.

i) Crear los grupos de trabajo que se consideren necesarios para aquellos temas específicos de interés para el Pueblo Gitano.

j) Asesorar y formular recomendaciones a la Administración para luchar contra la desigualdad y la discriminación de las mujeres gitanas. A tal efecto, emitirá propuestas de actuación para fomentar el acceso igualitario de las mujeres y las niñas gitanas a los ámbitos educativos, laborales y sociales, para potenciar la imagen de las mujeres gitanas como transmisoras y dinamizadoras de la identidad cultural gitana, así como para difundir las aportaciones que las mujeres gitanas hacen a su comunidad y al conjunto de la sociedad.

k) Atender y realizar consultas de cualquier administración u organismo respecto de los temas que tengan impacto o incidan en la población gitana de la Comunitat Valenciana, así como emitir informes y dictámenes de los asuntos a los que fuera pertinente la actuación o asesoramiento por parte de este Consejo.

2. Todas las funciones anteriormente enumeradas se atribuyen sin menoscabo de las que correspondan a otros órganos de representación y participación legalmente establecidos

CAPÍTULO II

Composición, elección y nombramiento

Artículo 4. Composición

1. El Consejo Valenciano del Pueblo Gitano está integrado por:

a) Una presidencia.

b) Dos vicepresidencias.

c) Las vocalías.

d) Una secretaría.

2. La composición y posterior renovación de las personas miembros del Consejo responderá a criterios de participación mínima del 50 % de mujeres.

3. La composición y posterior renovación de las personas que pertenecen al Consejo responderá a criterios de participación mínima del 60 % de personas gitanas.

Artículo 5. La presidencia

1. La presidencia del Consejo corresponde a la persona titular de la conselleria que ostente las competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano.

2. La presidencia tendrá las siguientes funciones:

a) Dirigir, promover y coordinar la actuación del Consejo y seleccionar a las entidades y personas que formen parte de las comisiones de trabajo a que se refiere el presente decreto.

b) Representar y ejercer las acciones que correspondan al Consejo.

c) Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Pleno y la fijación del orden del día de las sesiones, teniendo en cuenta las propuestas y peticiones de las personas miembro.

d) Presidir las sesiones del Pleno y moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas.

e) Velar por el cumplimiento de la normativa vigente.

f) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del Consejo.

g) Llevar a cabo cuantas otras funciones sean inherentes a la presidencia.

3. La presidencia puede invitar a las sesiones a aquellas personas expertas que considere oportuno.

4. La presidencia informa sobre el desarrollo de las gestiones realizadas respecto a las propuestas aprobadas previamente por este Consejo.

5. La presidencia podrá delegar sus funciones en la vicepresidencia segunda.

Artículo 6. Las vicepresidencias

El Consejo estará formado por dos vicepresidencias. Al menos una de ellas estará ocupada por una mujer.

1. La vicepresidencia primera será nombrada por la presidencia de este Consejo a propuesta de las personas que no forman parte del Consejo en representación de las administraciones públicas, que votarán a una persona gitana de entre ellas, elegida por mayoría simple.

El cargo tendrá una duración máxima de tres años, y prestará apoyo a la presidencia y a la vicepresidencia segunda en todo lo que sea necesario.

La siguiente persona más votada que quede en la lista de votación después de la persona elegida para ejercer la vicepresidencia primera será la que ejerza las funciones de la vicepresidencia primera por ausencia o delegación de la persona titular de esta.

2. La vicepresidencia segunda corresponde a la persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano.

La vicepresidencia segunda ejerce la presidencia del Consejo por ausencia o delegación de la persona titular de la presidencia.

Asimismo, convoca las sesiones de las comisiones de trabajo que se creen por razón de la materia y del territorio.

La vicepresidencia segunda puede delegar sus funciones entre los titulares de los centros directivos dependientes de la secretaría autonómica.

Artículo 7. Vocalías

1. Serán vocales del Consejo, debiendo respetar la participación equilibrada por razón de género:

a) La persona titular de la dirección general con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano.

b) Cuatro personas, que ostenten cargos con rango mínimo de dirección general, en representación de la Administración del Consell en función de sus competencias en las siguientes materias: educación, sanidad, vivienda y empleo.

c) Una persona a propuesta de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

d) Una persona a propuesta y en representación de la Cátedra de Cultura Gitana y las universidades públicas valencianas.

e) Las personas gitanas que hayan obtenido una Distinción 9 de Octubre de la Generalitat Valenciana.

f) Cuatro personas gitanas elegidas por desinsaculación entre las que se hayan postulado ante la secretaría del Consejo para ocupar dicha vacante. Se elegirá a una persona por cada uno de estos tramos de edad: menores de 18 años, de 18 a 30 años, de 31 a 50 años y mayores de 50 años.

g) Seis personas representantes de las organizaciones del movimiento asociativo gitano cuyo ámbito de actuación sea autonómico o como mínimo en dos provincias.

h) Diez personas representantes de las organizaciones del movimiento asociativo gitano con ámbito territorial municipal, comarcal o supracomarcal.

i) Dos personas representantes de organizaciones de mujeres gitanas o secciones de mujeres en organizaciones del movimiento asociativo gitano.

j) Dos personas representantes de organizaciones de la juventud gitana o de secciones juveniles en organizaciones del movimiento asociativo gitano.

2. La duración del mandato de las vocalías será de tres años, renovable por un período de la misma duración. En el caso de que existan vocalías que formen parte del Consejo por razón de su cargo, su condición de vocal se ostentará mientras se mantengan en el cargo por el cual fueron designadas. Para cada vocalía se designará una persona suplente.

3. El nombramiento de las personas designadas para formar parte del Consejo lo realizará la presidencia una vez recibidas las propuestas de las consellerias, de la dirección general con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano y de las certificaciones de los acuerdos adoptados por el Pleno de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y de las universidades públicas valencianas.

Artículo 8. Facultades de las personas designadas como vocales

Las personas designadas como vocales tienen las facultades siguientes:

a) Participar en las deliberaciones y los debates y realizar propuestas y recomendaciones.

b) Ejercer el derecho de voto, formular voto particular y expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican.

c) Obtener la información necesaria para cumplir con sus funciones y, en particular, acceder a la documentación administrativa que tenga relación con los programas o actuaciones realizadas por la Generalitat en favor del Pueblo Gitano.

d) Solicitar a la presidencia la presencia de personas que, por sus conocimientos, la responsabilidad que desarrollan u otros motivos, pueden realizar aportaciones de interés.

e) Solicitar a la presidencia la introducción de puntos del orden del día en la siguiente convocatoria.

f) Las demás facultades inherentes a su condición de vocales necesarias para el correcto cumplimiento de sus funciones.

g) Percibir indemnizaciones por desplazamiento y dietas, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

2. En ningún caso, los vocales podrán atribuirse la representación o facultades del Consejo, salvo que expresamente se les haya otorgado por acuerdo del órgano colegiado y para casos concretos.

Artículo 9. Procedimiento de nombramiento de las vocalías

1. El nombramiento de los vocales del Consejo se regirá por el siguiente procedimiento:

a) Las vocalías en representación de la Administración del Consell serán nombradas por la presidencia de este Consejo, a propuesta de los respectivos departamentos.

b) Las vocalías en representación de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y de la Cátedra de Cultura Gitana y de las universidades públicas valencianas serán nombradas por la presidencia de este Consejo, a propuestas de estas.

c) Las vocalías representantes del movimiento asociativo gitano serán nombradas por la presidencia de este Consejo, a propuesta de la dirección general competente en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano después de seguir el procedimiento establecido en los artículos 11, 12 y 13.

d) Las vocalías de personas gitanas que se presentan individualmente serán nombradas por la presidencia de este Consejo, a propuesta de la dirección general competente en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano después de la realización de la elección por desinsaculación.

2. Para cada una de las vocalías del Consejo, la presidencia nombrará de la misma forma una persona suplente, para que sustituya a la persona titular en caso de ausencia, vacante o enfermedad.

La duración de las sustituciones quedará limitada al tiempo de mandato que le quedase a la persona sustituida.

Artículo 10. Indemnizaciones a las vocalías

1. Con la finalidad que la asistencia a las reuniones del Consejo o a sus diferentes grupos de trabajo, incluida la Comisión Mixta establecida en el artículo 17 y sus subgrupos, no suponga una carga económica para las personas designadas para las vocalías establecidas en las letras e), f), g), h), i) y j) del artículo 7, podrán abonarse con cargo al presupuesto de la dirección general competente en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano, sin que en ningún caso suponga un incremento de la dotación anual inicial presupuestaria, los gastos de desplazamiento y dietas generados por la participación de estas vocalías en las mencionadas reuniones.

2. El importe de la indemnización a percibir será el de los gastos documentalmente justificados. Si el medio de transporte utilizado es el vehículo propio, el importe de la indemnización será el que resulte de aplicar a los kilómetros correspondientes las cuantías que en cada momento se fijen en la normativa aplicable a la Administración de la Generalitat sobre indemnizaciones por razón del servicio. El cálculo de las dietas se realizará conforme lo establecido en dicha normativa.

Artículo 11. Presentación de candidaturas

1. Las personas que deseen formar parte del Consejo para ser elegidas para las vocalías establecidas en la letra f) del artículo 7, deberán presentar su candidatura de conformidad con las siguientes instrucciones:

La candidatura se presentará a través del procedimiento disponible en la página web de la conselleria competente en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano. Asimismo, tanto el procedimiento y, por lo tanto, los modelos de solicitud y otra documentación a aportar, serán publicados en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es/. La presentación se podrá hacer a través de entidades sociales siempre y cuando se presente documento de representación.

El plazo para presentar las candidaturas será de un mes, a partir de la habilitación del procedimiento de presentación de candidaturas en la web de la conselleria competente en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano, que será anunciado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. Para la presentación de candidaturas a las vocalías establecidas en los apartados g), h), i) y j) del artículo 7 se procederá de la siguiente manera:

a) Para determinar las entidades del movimiento asociativo gitano que puedan optar a la presentación de candidaturas se establecen los siguientes requisitos: en sus estatutos debe estar incluido como objetivo la igualdad y la inclusión de la población gitana y además deberá tener probada su actividad en este ámbito. Para ello será suficiente desarrollar esos programas o actividades en colaboración con las administraciones o, en caso contrario, que se realicen de manera pública y quede constancia de ello. En el caso autonómico, será necesaria la implantación efectiva, teniendo en cuenta los criterios anteriores, en al menos dos provincias.

b) La dirección general con competencias en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano publicará en la web de la conselleria a la cual esté adscrita, un listado de entidades según la clasificación establecida, dando un plazo mínimo de cinco días hábiles para que se puedan presentar alegaciones al mismo. Una vez finalizado ese plazo, y en un máximo de cinco días hábiles se publicará el listado definitivo.

c) Las entidades que deseen formar parte del Consejo para ser elegidas en las vocalías g), h), i) y j) del artículo 7, deberán presentar su candidatura a través de un procedimiento telemático disponible en la página web de la conselleria con competencias en materia de Pueblo Gitano. Asimismo, tanto el procedimiento y, por lo tanto, los modelos de solicitud y otra documentación a aportar, serán publicados en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es/.

d) El plazo para presentar las candidaturas será de un mes, a partir de la habilitación del procedimiento telemático de presentación de candidaturas en la web de la conselleria competente en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano, que será anunciado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

El órgano de gobierno de cada entidad deberá, mediante acuerdo, autorizar la presentación de la candidatura, designando a las personas que formarán parte de la misma.

Las candidaturas podrán incluir hasta el número de vocalías que se elijan en el apartado para el cual se presenta la candidatura, siendo mujeres al menos el 50 % del total de las personas de la misma, a los efectos de garantizar el principio de paridad de género en la composición del Consejo. En el caso i) las dos personas deberán ser mujeres. En el caso j) las dos personas deberán ser menores de 31 años.

Una vez finalizado el plazo de presentación de candidaturas, estas se publicarán en la página web de la conselleria con competencias en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano.

Artículo 12. Criterios de selección de candidaturas

1. En el caso de las personas individualmente, se realizará un sorteo en el cual serán elegidas ocho personas, cuatro como titulares y cuatro como suplentes, según tramos de edad y cumpliendo con la paridad de género. Para asegurar esta última cuestión, el sorteo se realizará individualmente según tramos de edad. La primera persona que salga elegida será la titular. La persona suplente será la siguiente elegida por sorteo del mismo género. En el momento en que dos tramos de edad tengan representantes del mismo género, el resto elegirán solo representantes del otro.

2. Una vez publicadas las candidaturas en la página web de la conselleria con competencias en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano, se establecerá mediante resolución de la persona titular de la dirección general competente, plazo y forma de votación telemática por parte de las entidades que figuren en el listado definitivo al que se refiere el apartado b del punto 2 del artículo 11. Solamente podrán emitir votos en cada apartado las entidades que figuren en el listado del mismo. Cada entidad podrá votar como máximo al 50 % del total de candidaturas en aquellos apartados en los que tenga derecho a hacerlo. Además, la votación deberá ser paritaria, es decir, se deberá votar al mismo número de mujeres y hombres o con una diferencia de uno, en caso de ser impar.

3. Una vez realizada la votación establecida en el punto anterior, las vocalías correspondientes al apartado g serán las seis primeras teniendo en cuenta la siguiente restricción: habrá un máximo del 33 % de personas por entidad.

4. Las vocalías correspondientes al apartado h serán las diez más votadas, teniendo en cuenta las siguientes restricciones: en caso de pertenecer a federaciones, el conjunto de vocalías vinculadas a una misma federación o fundación no podrá ser mayor del 50 % del total, y al menos habrá un 20 % de vocalías que representen a entidades que tienen su actuación dentro de cada provincia.

5. Las vocalías correspondientes al apartado i serán las dos más votadas de dos entidades diferentes y de ámbito de actuación territorial diferente.

6. Las vocalías correspondientes al apartado j serán las dos más votadas de dos entidades diferentes y de ámbito de actuación territorial diferente.

7. En caso de empate a la hora de realizar la ordenación de las votaciones a las cuales se refieren los puntos 4, 5 y 6, se seguirán los siguientes criterios en este orden: pertenencia a entidades menos representadas en los puestos anteriores, ser mujer y tener menor edad.

8. La dirección general competente en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano, teniendo en cuenta los criterios establecidos en los puntos anteriores y el cumplimiento del mínimo del 50 % de mujeres y del 60 % de personas gitanas, realizará una propuesta de designación de las vocalías, con sus correspondientes suplencias, que será elevada a la presidencia de este Consejo.

Artículo 13. Cese en las vocalías

El cese de las personas que ostenten las vocalías podrá producirse por alguna de las siguientes causas:

1. Por la expiración del plazo de su mandato.

2. Por cese en el cargo por razón del cual se efectuó el nombramiento.

3. Por voluntad propia.

4. Por disolución de la entidad a la que representan.

5. Por dos ausencias consecutivas e injustificadas a las sesiones del Pleno, apreciada por la Secretaría del Consejo y acordada por el Pleno por mayoría absoluta.

6. Por defunción o incapacidad declarada judicialmente.

Artículo 14. Secretaría

1. La secretaría será ejercida por una persona funcionaria de la dirección general con competencias en materia de Pueblo Gitano, con un nivel de jefatura de servicio o superior, nombrada por la presidencia de este Consejo, con voz pero sin voto.

2. Son funciones de la secretaría:

a) Extender las actas de las sesiones del Pleno, autorizadas con su firma y el visto bueno de la presidencia, y dar el curso correspondiente a los acuerdos que se adopten.

b) Custodiar la documentación del Consejo.

c) Expedir certificaciones de actas y acuerdos.

d) Cuantas otras sean inherentes a su condición, de acuerdo con la legislación sobre régimen de los órganos colegiados de las administraciones públicas.

CAPÍTULO III

Régimen de funcionamiento

Artículo 15. Funcionamiento

1. El Consejo funciona en Pleno y en las comisiones de trabajo que se constituyen por razón de la materia y del territorio.

2. El Pleno lo integran la presidencia, las vicepresidencias, las vocalías y la secretaría, y ejerce las funciones previstas en el artículo 3.

3. El Pleno celebra un mínimo de dos reuniones ordinarias al año. También celebra las sesiones extraordinarias que convoque la presidencia o a petición de un tercio de las personas miembro.

4. Para la adopción de acuerdos será suficiente la mayoría simple de los votos de las personas miembros asistentes, dirimiendo los empates el voto de calidad de la presidencia de este Consejo.

Artículo 16. Comisiones de trabajo

1. Las comisiones de trabajo son creadas por el Pleno, tienen carácter temporal y forman parte de ellas las vocalías que manifiesten su voluntad de participar. Cuando las solicitudes sean excesivas y deba hacerse una selección, la decisión corresponde a la presidencia, que, en todo caso, incluirá la diversidad de opiniones del Consejo.

2. Las funciones de las comisiones de trabajo son las que le atribuye el Pleno. Las comisiones de trabajo se reunirán cuando las convoque la vicepresidencia segunda.

3. Las conclusiones de las comisiones de trabajo se informarán al Pleno de este Consejo.

Artículo 17. Comisión Mixta de Seguimiento de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano

1. La Comisión Mixta de Seguimiento de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano es una comisión de trabajo de carácter especial del Consejo que estará integrada por:

a) La presidencia, que es ejercida por la persona que ocupa la vicepresidencia segunda del Consejo.

b) La vicepresidencia, que es ejercida por la persona que ocupa la vicepresidencia primera del Consejo.

c) La persona titular de la dirección general con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano.

d) Cuatro personas, que ocupen puestos con rango mínimo de subdirección general, en representación de la Administración del Consell en función de sus competencias en las siguientes materias: educación, sanidad, vivienda y empleo.

e) Una persona a propuesta de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

f) Una persona a propuesta y en representación de la Cátedra de Cultura Gitana y las universidades.

g) Ocho personas elegidas por el Pleno de este Consejo entre sus vocalías e), f), g), h), i) y j), de forma paritaria y teniendo en cuenta la diversidad territorial y de entidades.

2. La secretaría será ejercida por la misma persona que ejerce la secretaría del Consejo.

3. A propuesta de la Comisión Mixta, se podrá invitar a personas expertas o representantes de consellerias en función de los temas a tratar.

4. La Comisión Mixta contará al menos con tantos subgrupos como líneas estratégicas tenga la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano. La persona que dirija la dirección general con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano será la responsable de la coordinación de los subgrupos de trabajo. La Comisión Mixta aprobará un reglamento para determinar su funcionamiento y composición. Sobre esto último, la participación será abierta a personas que no formen parte de la Comisión Mixta, cumpliendo los requisitos que el reglamento establezca.

5. Los subgrupos tendrán capacidad, en colaboración con la dirección general con competencias en igualdad e inclusión del Pueblo Gitano, o las consellerias de su ámbito de actuación, para proponer la realización de seminarios, talleres y conferencias sobre su temática.

6. La Comisión Mixta contará con un subgrupo interdepartamental, que estará formado por representantes de todas las direcciones generales que sean responsables de actuaciones de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano. Este subgrupo estará coordinado por la persona que dirija la dirección general con competencias en materia de igualdad e inclusión del Pueblo Gitano.

Artículo 18. Régimen jurídico

El Consejo se regirá por las disposiciones de este decreto y, en todo caso, por lo que dispone la normativa vigente en materia de órganos colegiados de la Administración de la Generalitat o la normativa estatal sobre la materia.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

1. La Resolución de 28 de marzo de 2017, de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, sobre la creación de la Comisión Mixta para el Desarrollo de la Estrategia Valenciana para la Igualdad y la Inclusión del Pueblo Gitano, quedará derogada el día de la constitución del Consejo Valenciano del Pueblo Gitano.

2. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este decreto del Consell.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario

Se autoriza a la persona titular de la conselleria con competencias en materia de Pueblo Gitano para desarrollar las previsiones contenidas en el mismo mediante las órdenes correspondientes.

Segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Una mesa de diálogo trabajará para favorecer la inclusión de población gitana

Miembros de la Mesa de Diálogo de la Población Gitana durante la sesión de constitución / EP

La Comunidad de Madrid ha celebrado la sesión constitutiva de la Mesa de Diálogo de la Población Gitana, un órgano consultivo y de participación para la propuesta, seguimiento y evaluación de cualquier medida dirigida a promover la inclusión social de este colectivo.

Presidida por la consejera de Políticas Sociales y Familia, Lola Moreno, la Mesa está compuesta por diez representantes del movimiento asociativo gitano y de las organizaciones sociales que trabajan específicamente para mejorar la calidad de vida de la población gitana. También forman parte de ella representantes de la Administración de la Comunidad de Madrid con competencias en todas las áreas básicas para la integración y de entidades locales.

La consejera ha explicado que esta Mesa será ‘un espacio formal de interlocución y de coordinación’ que permitirá ‘potenciar el impacto’ de las políticas dirigidas a la integración de la población gitana en la región. De esta forma, ha dicho Moreno, se garantizará ‘plenamente la igualdad de oportunidades y la construcción de una sociedad más inclusiva que respete la diversidad’. Moreno ha cifrado la población gitana en la Comunidad de Madrid en una horquilla entre las 70.000 y 90.000 personas, que sufren todavía ‘situaciones de desventaja y discriminación que han de ser corregidas, a pesar de los progresos de las últimas décadas’.

La mesa de diálogo se convocará al menos una vez al año con el fin de participar en las acciones de seguimiento de la implantación del Plan. Además, se crearán grupos de trabajo temáticos que podrán profundizar en asuntos que se consideren de especial interés o que requieran un avance cualitativo.

La creación de esta mesa está contemplada en el Plan de Inclusión Social de la Población Gitana 2017- 2021, dotado con 220 millones de euros para la puesta en marcha de 59 medidas que se centran en las áreas básicas para la integración: el empleo, la educación, la vivienda, la salud y los servicios sociales, la cultura, la ciudadanía y la igualdad.

La ONU denuncia la discriminación de los gitanos en España

FUENTE: ONU

https://news.un.org/es/story/2019/01/1450012

El relator especial* de la ONU sobre cuestiones de las minorías, que acaba de concluir una visita a España, señala en una declaración que no siempre se aprecian o reconocen plenamente “los enormes avances logrados por España en el campo de los derechos humanos desde que se transitó hacia una democracia en el período de 1977-78”.

Sin embargo, Fernand de Varennes añade que “los problemas de derechos humanos en relación con las minorías a veces se sienten como una ‘asunto inconcluso’».

“Minorías como la formada por la comunidad gitana, las personas de ascendencia africana, los migrantes y las minorías religiosas, como los musulmanes, suelen ser los principales objetivos y las víctimas de la intolerancia”, destaca el relator, que también menciona “un número cada vez mayor de incidentes relacionados con miembros de la minoría catalana” en un apartado dedicado al racismo, la xenofobia y el discurso del odio.

Por ejemplo, recuerda que “aunque esté prohibido el uso de perfiles raciales y, a pesar de que se han tomado medidas dignas de elogio para eliminar el perfil étnico, particularmente en la capacitación de la Policía Nacional, es necesario abordar de manera más efectiva y específica este fenómeno, cualificado como endémico en el reciente informe de 2018 del Grupo de Trabajo de expertos en personas afrodescendientes sobre su misión a España”.

También menciona que “el Grupo observó que las disposiciones de la Ley de Seguridad de los Ciudadanos que imponen multas elevadas por filmar a los agentes del orden público y revertir la carga de la prueba han tenido el efecto perverso de que las minorías no denuncien todos los actos discriminatorios cometidos por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, o que no se investigue ni se juzgue a los autores de delitos contra las minorías, en particular contra los afrodescendientes”.

El relator considera que ”se necesitan más esfuerzos para combatir todas las formas de racismo, xenofobia e intolerancia”, y “debería ser una prioridad que los presuntos casos de discurso de odio cometidos en internet y en los medios sean investigados, procesados y sancionados con mayor eficacia”.

Minoría gitana

De la minoría romaní señala en concreto que “todavía hay demasiados gitanos que sufren agravios socioeconómicos significativos e incluso exclusión, así como discriminación y prejuicios en áreas como la educación, la vivienda y el empleo”.

“Fue, por ejemplo, desconcertante escuchar que, en el área más importante de actividad económica de los gitanos, el comercio ambulante, la regulación varía de una localidad a otra, y puede estar sujeta a actuaciones caprichosas, a menudo arbitrarias y desdeñosas, e incluso discriminatorias”, resalta la declaración.

Por todo ello, el relator insta “a que los programas para promover la igualdad plena y efectiva de los gitanos se diseñen y monitoreen de manera efectiva, en consulta con los representantes de las comunidades gitanas, en lugar de ser diseñados y monitoreados en su lugar por otros”.

Con respecto a la educación, Varennes indica que, a pesar de los encomiables e incuestionables esfuerzos y avances en el campo de la educación, y el mayor un índice de alfabetización, en los últimos años, alrededor del 64% de los niños gitanos aún no completan la educación secundaria obligatoria, mientras que para la población general esta cifra está entorno al 13%.

Las tasas de abandono escolar, en particular de las niñas gitanas, son extremadamente preocupantes, al igual que el problema de la segregación de facto en las aulas y las escuelas.

La segregación en la educación debe ser objeto de un tratamiento específico por parte de los diferentes niveles de gobierno y se debe proporcionar una educación de calidad a los niños y niñas gitanos para garantizar que realmente se les dé igualdad de oportunidades,” comentó el experto al presentar su declaración.

Minorías lingüísticas

Varennes también expresa preocupación por una supuesta brecha entre el reconocimiento de los idiomas cooficiales y el alcance de su uso real, así como la implementación de la legislación al respecto.

Señala, por ejemplo, que los jueces y los agentes de las fuerzas de seguridad, como la Policía Nacional, en general no están sujetos a ningún requisito de conocimiento de los idiomas cooficiales, incluso cuando ejercen en una comunidad autónoma.

“Las minorías lingüísticas tienen derecho usar su idioma en sus interacciones con las autoridades e instituciones estatales, siempre y cuando sea razonable y justificado, según la proporción de la población que lo hable localmente, pero esto sigue sin cumplirse en algunas regiones,” explica el relator especial.

El reconocimiento oficial de la lengua de signos en 2007 refleja el progreso considerable que se ha logrado en la protección de los derechos de la comunidad de personas sordas, pero es fundamental reconocer que la lengua de signos no es meramente una herramienta, sino una lengua de pleno derecho.

Varennes también expresa su preocupación por la falta de datos desglosados sobre el origen étnico, la religión o el idioma de las personas que, enfatizó, podrían recopilarse de manera respetuosa con el derecho a la privacidad.

También recomienda que, en el campo de la educación, el Instituto de Evaluación del Ministerio de Educación “reanude la recopilación de datos sobre los niveles de competencia en la adquisición de fluidez en castellano y en los idiomas cooficiales en todo el país”.

Durante su misión, que ha durado de 12 días, el experto se reunió con funcionarios de alto rango, tanto a nivel nacional como regional, así como con representantes de instituciones que trabajan en diversos aspectos que afectan a las minorías y la sociedad civil en la capital, Madrid, y en Andalucía, Cataluña, Euskadi y Galicia.

El relator especial presentará un informe detallado sobre su visita al Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra en marzo de 2020.

* Fernand de Varennes fue nombrado relator especial de las Naciones Unidas sobre cuestiones de las minorías por el Consejo de Derechos Humanos en junio de 2017. El Consejo de Derechos Humanos de la ONU le encomendó la tarea de promover la aplicación de la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas o lingüísticas, entre otras cosas.

Los Relatores Especiales son parte de lo que se conoce como Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Procedimientos Especiales, el cuerpo más amplio de expertos independientes dentro del sistema de Derechos Humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo que abordan situaciones específicas de países o cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirven en su capacidad individual.

Juez Calatayud: «Tenemos mucho que aprender de los gitanos»

FUENTE: IDEAL.ES

Buenas, soy Emilio Calatayud. Llevo décadas juzgando a niños y sólo he condenado a dos niños gitanos por pegar a sus padres. Tenemos mucho que aprender de ellos. El maltrato de hijos a padres se está generalizando en España, pero a los chavales gitanos no les afecta esa epidemia. Tenemos que recuperar el respeto por nuestros mayores, un valor fundamental que los gitanos granaínos y españoles están conservando como el tesoro que es.

Lo cuento siempre que puedo para que sirva de toque de atención. Y más ahora que se acercan las vacaciones de Navidad y las familias van a tener que convivir más. Y ya se sabe que el roce hace el cariño, pero también puede generar discusiones…

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social aumenta en un un 146% el importe del Plan de Desarrollo Gitano

FUENTE: MINISTERIO DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL

La ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, y el Alto Comisionado para la Lucha contra la Pobreza Infantil, Pau Marí-Klose, han presentado las partidas de los Presupuestos Generales del Estado correspondientes a sus departamentos.

Estos Presupuestos están centrados en reforzar el Estado del Bienestar, la recuperación de derechos sociales en Sanidad y Dependencia y el aumento de recursos contra la pobreza infantil.

La ministra de Sanidad ha destacado que solo con las nuevas medidas destinadas a eliminar copagos en colectivos vulnerables, el incremento de fondos para la Dependencia (el mayor desde que se puso en marcha) y las iniciativas para combatir la pobreza infantil se beneficiarán directamente unos 10 millones de españoles. 

«Son unas cuentas que reflejan el papel de liderazgo y compromiso del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social con la equidad y la cohesión social en las políticas sanitarias y sociales», ha subrayado María Luisa Carcedo. «Los Presupuestos reflejan con claridad la prioridad que supone para este Gobierno la protección de la infancia así como garantizar el bienestar de los niños, las niñas y los adolescentes», ha añadido Pau Marí-Klose.

El presupuesto del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social para 2019 alcanza los 3.133,56 millones de euros repartidos en 2.716,49 millones para Servicios Sociales (un 41% más); 364,87 millones de euros para Sanidad y Consumo; y 52,19 millones para servicios generales.

Dependencia

La ministra de Sanidad ha destacado el elevado incremento que registran las cuentas en la financiación de la Dependencia para 2019,  el más alto desde que se creó el Sistema de Dependencia, frente a los recortes que ha sufrido el Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD) en los últimos años como consecuencia del Real Decreto 20/2012.

Este pilar del Estado del Bienestar contará en 2019 con un aumento de 831 millones de euros, hasta alcanzar un presupuesto global en Dependencia de 2.231 millones de euros.

Aumenta la aportación al nivel mínimo (los fondos que destina el Estado por cada beneficiario a las Comunidades Autónomas) en 415 millones de euros, un 31,7% más. Además, se vuelve a financiar el nivel acordado con 100 millones de euros, una vía de financiación del sistema a las Comunidades Autónomas que se fijó en el artículo 10 de la Ley 39/2006 para mantenerse hasta el año 2015 y que se eliminó en 2012.

«Con este importante esfuerzo presupuestario se podrá rebajar en torno al 75% la lista de espera de los casos más graves, los dependientes de grado III y grado II, en torno a 75.000 personas», ha indicado la ministra de Sanidad. 

El incremento presupuestario, además de atender al crecimiento de beneficiarios, permitirán la financiación de una nueva prestación de teleasistencia avanzada.  Se trata de tecnologías que permiten una supervisión remota del usuario de forma que, además de ofrecer asistencia, también permite conocer los patrones de vida de la persona, con lo cual se prevén posibles situaciones de necesidad.

A ello hay que sumar la asunción por parte de los Presupuestos del Estado de la cotización de las cuotas a la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia, para lo que se ha incorporado una partida de 315 millones de euros.  Esta prestación se eliminó en 2012 y se estima que su recuperación se traduciría en unas 180.000 beneficiarias (en su mayor parte se trata de mujeres).

Copagos

Los Presupuestos de 2019 dan el primer paso en la eliminación de los copagos farmacéuticos introducidos en el Real Decreto 16/2012 al incluir medidas dirigidas a distintos colectivos en situación de especial vulnerabilidad.

Se eliminan los copagos a los pensionistas que no estén obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y perciban una renta anual de 11.200 euros y, en el caso de realizar la declaración, aquellos con renta inferior a 5.635 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del IRPF.

Por otro lado, también dejarán de abonar el copago las personas perceptoras de la prestación económica de la Seguridad Social por hijo o menor a cargo.

En ambos casos (pensionistas y perceptores de la prestación de la Seguridad Social), la eliminación de los copagos será efectiva para estas personas y quienes tengan a su cargo.

Esta medida tendrá un impacto estimado de 7,8 millones de beneficiarios, entre los pensionistas que ya no tendrán que pagar por sus medicamentos (unos 5,3 millones) y las personas con menores a cargo (unos 2,5 millones).

María Luisa Carcedo ha destacado el impacto  que tuvo en 2012 la introducción de copagos farmacéuticos en colectivos que hasta entonces no tenían que abonar dinero para acceder a los medicamentos y cómo se convirtieron en un obstáculo para seguir sus tratamientos.

«Como nos indica el Barómetro Sanitario del CIS, en torno a 2,1 millones de personas tienen dificultades para retirar sus medicamentos; y, debido a esta medida, la adherencia a los tratamientos empeoró, según muestra un estudio de Sespas», ha indicado.

Además, los Presupuestos contemplan una modificación normativa destinada a cerrar la puerta al establecimiento de los nuevos copagos que introdujo RD 16/2012 en la cartera suplementaria. En concreto, se suprime el articulado que hace referencia a que el copago de las prestaciones incluidas se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica.

De esta forma, el transporte sanitario no urgente pasa a formar parte de la cartera común, los productos dietéticos se quedan en la suplementaria y se mantienen sin aportación, y los productos orto-protésicos mantienen el copago que tenían en 2006.

Infancia

Las cuentas públicas incluyen un aumento de 266 millones en los fondos para la protección de las familias destinados fundamentalmente para combatir la pobreza infantil.

Los Presupuestos incorporan un incremento en la prestación por hijo a cargo: los PGE suponen el despliegue gradual del Ingreso Mínimo Vital, que eleva su cuantía en un 17% con carácter general (de 291 euros a 341 euros por hijo/menor a cargo, para unos 1.263.000 menores sin discapacidad), y en un 101% para aquellos niños y niñas que se encuentren en situación de pobreza severa (hasta 700.000 menores, que pasarían a percibir 588 euros). Con esta medida el Gobierno pretende reducir la pobreza infantil severa en nuestro país en un 12%, lo que afectaría aproximadamente a 82.000 niños y niñas.

Los Presupuestos Generales del Estado también contemplan el incremento del presupuesto para el plan concertado de Servicios Sociales, con un aumento de 25 millones de euros en ayudas para comedor para familias en riesgo de exclusión social dentro de la Partida para Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil de dicho plan. Un incremento que permitirá, entre otras cosas, financiar programas de actuación como el Programa VECA de ocio inclusivo vacacional y que garantiza una alimentación adecuada, completa y equilibrada durante el periodo estival para aquellos menores en riesgo de exclusión.

Otras medidas: Sanidad y Consumo

Los Presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) incluyen una partida de 22 millones de euros que se destinarán a inversiones en infraestructuras y mejora de la prestación en Ceuta y Melilla.

Destacan en este apartado los 18,3 millones de euros para la dirección facultativa y las obras del nuevo Hospital Universitario de Melilla y los 2,6 millones para la dirección facultativa y el inicio de ejecución de obras de la reforma y ampliación del Centro de Salud El Tarajal en Ceuta.

Además, se incluyen 4 millones de euros para la mejora de los sistemas de información del Sistema Nacional de Salud (SNS). Entre ellos, destaca el impulso de la interoperabilidad del SNS, un proyecto que coordina el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, formado por la receta electrónica y la historia clínica digital, que sigue avanzando no solo en el ámbito nacional, sino europeo.

También se ha incrementado en un millón de euros la partida destinada a los planes de prevención y control del SIDA y de las enfermedades de transmisión sexual.

Otras medidas: Bienestar Social

El Presupuesto de 2019 incorpora un incremento del presupuesto del Instituto de la Juventud (Injuve) de un 27,6%. Las cuentas del Injuve destinan 9 millones de euros al programa del Cuerpo europeo de la Solidaridad y el Plan de Choque por el empleo Joven 2019-2022.

Las cuentas públicas también cuentan con una partida para ayudas a los afectados por la Talidomida. Estas ayudas se destinarán a compensar y superar las situaciones de discapacidad que sufran los afectados.

El presupuesto cuenta con una partida específica para la atención a menores extranjeros no acompañados. Se trata de una nueva línea de ayudas de 30 millones de euros, que podría ampliarse en caso de necesidad. Esta cantidad es superior a la que el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social destinó el año pasado para el fondo extraordinario que se habilitó con recursos de distintos departamentos (entre ellos el Fondo de Contingencia) y que se distribuyó entre las comunidades autónomas para este mismo fin, que fue de 16 millones de euros.

El Plan de Desarrollo Gitano crece en 600.000 euros (un 146%). Este programa está integrado por créditos que van destinados a reforzar los servicios sociales de atención primaria para atender al colectivo específico de personas gitanas. Se desarrollarán proyectos de intervención social de carácter integral con las comunidades gitanas más desfavorecidas.

Además, el Real Patronato sobre Discapacidad contará con 4 millones de euros para desarrollar programas de mejora de condiciones educativas para las personas con discapacidad procedentes de depósitos bancarios abandonados.

La lucha gitana en Holanda por mantener la cultura de las caravanas

FUENTE: EL CONFIDENCIAL

https://www.elconfidencial.com/mundo/2018-07-26/lucha-gitana-holanda-mantener-cultura-caravanas_1595306/

En los pequeños parques municipales para caravanas de la periferia de Ámsterdam viven unas 150 personas, y todos comparten lazos familiares con Sabina Achterbergh, una holandesa de 35 años de etnia gitana. Ella, junto a sus padres, sus primos, sobrinos y hermanos son supervivientes y también víctimas de las políticas aplicadas en las últimas décadas en los Países Bajos que, denuncian, buscaban la extinción de la cultura gitana. El plan comenzaba con forzar a esta comunidad holandesa a trasladarse a casas de ladrillo y obligarles así a renunciar a su estilo de vida tradicional y familiar, que se desarrolla en campamentos de caravanas. Su argumento: problemas de orden y falta de integración.

“Ya vivíamos bajo presión desde principios del siglo pasado, cuando se aplicaban diferentes leyes que buscaban hacer que la vida en las caravanas y sus trabajos tradicionales en la calle fueran difícil. Desde la Segunda Guerra Mundial, el rechazo hacia mi comunidad se hizo aún más fuerte. Tenemos la tradición de vivir con nuestra familia en nuestras caravanas pero ahora nos es muy difícil contratar cualquier tipo de seguro, obtener un préstamos del banco aunque tengamos un contrato fijo o incluso ser aceptados por la sociedad”, denuncia Sabina, portavoz de la comunidad gitana en Holanda y su lucha por hacerse respetar en un país donde han sido tradicionalmente rechazados e incluso perseguidos por los seguidores holandeses de Adolf Hitler en los años cuarenta, cuando el 95% de la ancestros sinti de Sabina fue asesinada.

A los seis años de edad, Sabina se vio obligada a abandonar el campamento donde había nacido rodeada de su numerosa familia porque una constructora decidió levantar un barrio de edificio y pisos en ese terreno donde, con autorización oficial, tenían ellos aparcada su caravana. Esta treintañera reitera algo que, dice, debe explicar con frecuencia al resto de la sociedad holandesa: los gitanos no están exentos de pagar impuestos por llevar esta tradicional vida nómada. “Es nuestro derecho estar ahí y nadie debe obligarnos a renunciar a nuestro estilo de vida simplemente porque sea diferente al suyo. Para nosotros es necesario estar juntos, cuidar a nuestros padres, convivir”, explica.

Las asociaciones gitanas tildan lo ocurrido en los últimos años de política de extinción de los gitanos, aunque los más suaves prefieren explicar lo ocurrido como un fracaso total de las medidas municipales para crear nuevos espacios en los que puedan acampar los residentes de las caravanas, una práctica considerada patrimonio cultural desde 2013. Lo que está claro es que la población gitana de los Países Bajos está en peligro de perder sus tradiciones, su cultura y las practicas que tanto les caracterizan porque el Gobierno ha buscado eliminar este estilo de vida justificándolo en los problemas de orden y otros delitos. Esto ha llegado a oídos del Consejo de Europa, quien ha enviado una delegación a Holanda para que investigue el comportamiento de las autoridades locales hacia los Roma y los Sinti.

“En muchos municipios, los gitanos se ven obligados a abandonar sus campamentos de una manera desagradable, pero el nomadismo está en nuestra sangre: tenemos un estilo de vida oriental en una cultura occidental. La gente en Holanda es individualista y el Gobierno quiso separarnos y hacer que seamos igual de individualistas. No, somos diferentes”, advierte esta joven defensora de los derechos de su comunidad. Las palabras de Sabina están respaldadas por el Colegio de Derechos Humanos y también por un informe del defensor del pueblo, elaborado tras cuatro años de investigación, y que confirma las violaciones a los derechos básicos de los gitanos en Holanda.

Hay unos 40.000 gitanos en Holanda, un país de 17 millones de habitantes, y están divididos en cerca de 8.300 plazas en campamentos repartidos por todo el territorio. No todos tienen una caravana como hogar, puesto que miles de personas aún esperan en las largas listas oficiales para obtener una autorización y un hueco en algún campamento donde puedan residir siguiendo sus tradiciones. “Los colonialistas blancos han ido a otros países, matado a los autóctonos, hecho sus propias colonias allí y esclavizado a los locales para obtener su propio beneficio. Hemos logrado poner fin a la esclavitud y a la ocupación de tierras de otra gente, ahora hay que luchar contra la persecución de las minorías”, alerta.

Sedentarismo a la fuerza

En 2006, el Ministerio de Vivienda e Infraestructuras envió un documento a los municipios en el que “daba dos opciones” para lidiar con los campamentos de gitanos. Por un lado, “una política de extinción” que exigía la eliminación del registro y la destrucción de una plaza para caravanas inmediatamente después de la muerte de su ocupante, en lugar de dársela a una persona que está en la lista de espera. La segunda política que se permitía aplicar a los municipios es “la opción cero”: no se dedicará terreno nuevo a las caravanas y solo se utilizarán las plazas existentes. Es decir, “hay que esperar a que alguien muera para darle su plaza a otro en lista de espera”, dice Sabina.

Por encima de estas dos políticas está el objetivo principal de obligar a los gitanos a vivir en casas de ladrillo y alejarlos de sus prácticas habituales de residir en caravanas. “Me pareció alarmante. Parte de mi familia ya fue extinguida por Hitler y después por las políticas de opresión que llegan en los años posteriores. No iba a permitir que nos eliminaran a todos y por eso me puse manos a la obra”, advirtió. “Nosotros no pedimos nada, solo queremos vivir juntos, unos cerca de los otros, como siempre ha sido en nuestra cultura, pero ellos buscaban nuestra destrucción.

Los habitantes de las caravanas autóctonos se manifestaron en múltiples ocasiones en diferentes ciudades exigiendo sus derechos, pero el Gobierno siempre ha hecho oídos sordos a sus reclamos. Mientras tanto, sus críos se hacían mayores con el objetivo de seguir la cultura familiar, vivir en una tradicional caravana en el mismo terreno que los padres, pero se encontraron con un hecho determinante: no hay lugar para ellos en los campamentos. En ninguno. El Gobierno tuvo la esperanza de que las nuevas generaciones de gitanos quieran vivir en casas pero la cultura, las tradiciones y la estrecha cohesión social en el campamento es más importante para ellos, según demuestra una encuesta encargada por la asociación holandesa Roma, Sinti and Travelers (VSRWN), que Sabina preside desde 2013.

Como resultado de la discriminación oficial, los jóvenes han preferido quedarse con sus padres en el automóvil, algunos incluso a punto de cumplir los cincuenta años, y los campamentos están a día de hoy superpoblados y hacinados. Los que se han ido a casas de alquiler, los “ópticos arrepentidos”, lo lamentan porque ven desde las gradas la erradicación de su estilo de vida y de cultura viva. Por ello, todos juntos, los jóvenes y los más mayores, liderados por Sabina, han recurrido al Defensor del Pueblo, incluso a la propia ONU, y han forzado una visita del Consejo de Europa que parece que dará pronto sus frutos. El Gobierno holandés ha cedido ante la presión y se ha comprometido a cambiar de hoja de ruta, aunque el tiempo dirá si los municipios incluyen en los próximos meses los derechos de los gitanos entre sus preocupaciones.

En los próximos nueve meses, el Ejecutivo trabajará junto a los 380 municipios del país y las asociaciones defensoras de los derechos de los gitanos para elaborar una nueva ley para los residentes de caravanas, así como la protección de sus derechos como minoría holandesa separada. Se incluirá esta cuestión en la cartera de todos los ministerios, como el de Vivienda, Interior y Educación. Asimismo, el Gobierno se comprometió a cambiar las normas para que los niños gitanos no tengan que experimentar lo mismo que sufrió Sabina al abandonar el campamento donde nació: las constructoras no tendrán prioridad para imponer sus planes de construir viviendas sobre un espacio de caravanas. Si la zona está ocupada, no se sustituirá por un edificio.

Pero no todo son las leyes…

“Es la mejor noticia en 100 años. El gobierno finalmente nos ha escuchado, es un momento histórico y nos han involucrado en todos los ministerios«, dijo Van Piet van Assendorp, residente de los campamentos de caravanas, después de conocer por la televisión holandesa NOS que hay esperanza de que los municipios detengan la política de decadencia. “Espero que este sea un punto de inflexión en nuestra historia, aún tenemos presente lo que sufrieron nuestros antepasados ​​desde la guerra, y eso tiene repercusiones en nosotros. Queremos pasar página”, concluye.

Esta activista no comparte el rechazo que tiene su comunidad hacia los medios, donde los suyos siempre se han sentido discriminados y estereotipados. Eso la llevó en 2008 a fundar la asociación Viajeros en Acción para precisamente dar a conocer lo que los libros de Historia no explican en las escuelas: la cultura y la tradición gitana, el por qué es tan importante para ellos vivir en una caravana, rodeados de sus familiares, y no formando parte de la rutina más occidental, caracterizada –dice- por la frialdad que protagoniza las relaciones entre los vecinos y alejada de los lazos de sangre.

“Fue muy doloroso para mí cuando me obligaron a irme y separarme de todo lo que había conocido hasta entonces. No había espacio para jugar, estaba todo lleno de maderas, no había espacio verde. Eché de menos a mi familia. Fui muy infeliz con ese cambio”, lamento Sabina. Calcula que en la actualidad hay más de 5.000 miembros de esta minoría que viven en casas de ladrillo, lejos de sus familiares, entre ellos Danielle van Boekel, de 33 años, que contó a los medios holandeses su vida en una casa con balcón a cinco minutos del centro de Haarlem, en el sur de Holanda.

Danielle tenía 25 años cuando la obligaron a dejar su campamento de caravanas y vivir en un piso, un lugar al que no se ha logrado acostumbrar a pesar de que ya han pasado ocho años. “Allí vivimos con nuestra familia y todos entrar y salen en cualquier momento. Aquí hace cuatro meses que no me he cruzado con mi vecino, eso era inimaginable para mí”, subraya, y recuerda que se traslada al campamento de sus padres a diario para no sentirse sola.

Sobre la presión social que existe sobre su estilo de vida, Danielle rememora los tiempos en los que tuvo que lidiar con los prejuicios. “Nuestras ventanas estaban llenas de huevos y bolsas de plástico con excrementos de perro. En la escuela, las cosas no eran mucho mejores. Nunca me permitieron jugar con amigos porque no era bienvenida, la gente pensaba que mis padres y yo éramos sucios”, comenta sobre su pasado. En el presente, prefiere no mencionar sus orígenes cuando socializa. “No es negar mi origen, es que juega en mi contra y siento que entonces tendría que demostrar mi valía”, justifica.

Más de 100 artistas participarán en el homenaje a Juanillorro

Cartel del homenaje al artista Juanillorro / Cedida

Más de 100 artistas han anunciado su participación en el Homenaje a Juanillorro que se celebrará el próximo 31 de marzo a partir de las 19 horas en el Teatro Villamarta. Gracias al trabajo de la familia del cantaor, encabezada por su prima Manuela Carpio, y sobre todo a la predisposición de todo el mundo del flamenco, serán muchos los artistas que actúen en un evento histórico y que desplazará hasta Jerez a cantaores y bailaores de distintos puntos de Andalucía.

Cartel del homenaje al artista Juanillorro / Cedida

El cartel ha sido presentado esta mañana en el Palacio de Villapanés por parte de la alcaldesa Mamen Sánchez, que ha querido así sumarse a la iniciativa a través del Ayuntamiento.

Al acto han asistido el teniente de alcaldesa, Francisco Camas, la directora del Teatro Villamarta, Isamay Benavente, así como numerosos familiares del cantaor, artistas y personalidades vinculadas al mundo del flamenco.

La alcaldesa ha expresado todo su apoyo y ha señalado que ‘los jerezanos y jerezanas no pueden dejar pasar esta oportunidad para demostrarle a Juanillorro cuanto cariño le tiene Jerez’. ‘Nos vamos a volcar con el evento’, ha incidido Mamen Sánchez, al tiempo que ha agradecido la respuesta por parte de los artistas para organizar el festival. De igual modo, Mamen Sánchez ha señalado ‘Jerez es una ciudad solidaria, abierta, que cuando se le pide colaboración ahí está y en el mundo del flamenco os lleváis la palma porque siempre estáis para ayudar a quien lo necesita’. Por su parte, Manuela Carpio ha tenido palabras de agradecimiento para todas las personas que han hecho posible este homenaje a Juanillorro que ‘merecía ser reconocido como artista en su ciudad’. El acto contará con la participación especial de Juan de Dios Ramírez-Heredía, presidente de la Unión Romaní y tío del fallecido artista.

Entre los artistas que acudirán al homenaje destacan la presencia de La Macanita, Antonio Reyes, Aurora Vargas, Pansequito, Vicente Soto, José Valencia Luis El Zambo, Paco Cepero, Fernando Soto, Antonio Canales, Joaquín Grilo, La Farruca, María del Mar Moreno, Juan Antonio Tejero, María José Franco, Juana Amaya, Soraya Clavijo, Jesús Méndez, David Carpio, Miguel Lavi, Juan José Amador, Alfonso Carpio, José Gálvez, Luis Moneo o Tía Juana la del Pipa, una lista a la que habrá que sumar también valores en inicipientes como el caso de María Terremoto, Anabel Valencia, Lela Soto, Enrique Remache, Maloko Soto, El Borrico, Gema Moneo, Juan de la Morena o Saray García, entre otros.

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